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El Observatorio ha recibido información sobre la
desaparición del Sr. Eduardo Torres,
abogado laboralista integrante desde hace más de 5 años del
Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos
(PROVEA), una organización miembro de la FIDH.
Según
testigos, Eduardo Torres fue visto por última vez el viernes 9 de
mayo de 2025 a las 4:00 p.m. en el Parque Central de Caracas, la capital,
luego de asistir a una reunión. En ese momento el Sr. Torres se
comunicó con su familia e informó que se dirigía a su casa,
ubicada cerca de la Av. Fuerzas Armadas en Caracas, pero nunca llegó.
En busca de
información sobre el paradero de Eduardo Torres, la Sra. Emiselys
Nuñez, su esposa, acompañada por miembros de PROVEA, han recorrido
los distintos centros de reclusión
de Caracas, incluidos el Servicio Bolivariano de Inteligencia
Nacional (SEBIN) en El Helicoide, las distintas sedes de la Policía
Nacional Bolivariana (PNB) en Maripérez, Boleíta y Petare, así
como la sede de la Dirección General Contrainteligencia Militar
(DGCIM) en Boleíta. Hasta la hora de publicación de este llamado
urgente, su paradero sigue siendo desconocido.
El 11 de mayo
de 2025 la Sra. Emiselys Nuñez y el equipo legal de PROVEA acudieron
al Palacio de Justicia para introducir un documento de “Hábeas
Corpus” ante el Juez de Primera Instancia en Funciones de Control
del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas,
Especializado en Materia de Amparos, para que las autoridades
informen si Eduardo Torres fue objeto de detención por el Estado
venezolano. Sin embargo, luego de más de siete horas de espera, no
les “autorizaron”
la recepción del documento
sin ofrecer detalles, y en clara violación del art. 27 de la
Constitución Nacional y de los artículos 2, 3 y 4 de la Ley
Orgánica de Amparo a la Libertad y Seguridad Personal.
El 12 de mayo
de 2025, el equipo de PROVEA, la esposa y la madre de Eduardo Torres,
acudieron
ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia
y entregaron el documento de “Hábeas
Corpus” a las 12h10 de la tarde.
El Observatorio
subraya que el Sr. Torres en reiteradas ocasiones ha sido objeto de
amenazas y actos de hostigamiento por parte de funcionarios
policiales del Estado venezolano. Al igual que el resto del equipo de
PROVEA, es beneficiario de medidas
cautelares de protección
otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
debido a las múltiples amenazas,
criminalización y hostigamiento contra su labor en Venezuela.
El
Observatorio recuerda que el 7 de enero de 2025, el Sr. Carlos
Correa, ex-coordinador de PROVEA, había
sido interceptado
en el centro de la capital Caracas por funcionarios encapuchados.
Su paradero permaneció desconocido por varios días antes de ser
liberado el 16 de enero de 2025.
El Observatorio
recuerda también que el 15 de octubre de 2024, el pasaporte del Sr.
Torres, entre
otras personas defensoras y/o señaladas como opositoras, fue
cancelado de manera selectiva y discrecional
como mecanismo de represión e intimidación para impedirle salir del
país y/o cooperar con los mecanismos de protección internacional,
violando por lo tanto sus derechos a la identidad, al libre tránsito
y a la movilidad.
El Observatorio
expresa su más profunda preocupación debido a la alta probabilidad
de que el Sr. Eduardo Torres se encuentre en condición de detención
arbitraria y desaparición forzada, debido a su labor como defensor
de derechos humanos y dadas las constantes amenazas en su contra. De
confirmarse, estos actos aumentarían el riesgo de que se cometan
actos de tortura y malos tratos contra él.
El Observatorio
subraya que esta desaparición ocurre a dos semanas de las elecciones
nacional y regional previstas para el 25 de mayo de 2025,
evidenciando nuevamente los riesgos contra las personas defensoras en
Venezuela y ejemplificando un intento sistemático de silenciar todas
las voces críticas y comprometidas con los derechos humanos y la
democracia en el país.
El Observatorio
insta a las autoridades de Venezuela a que garanticen la seguridad
física y psicológica del Sr. Eduardo Torres, den a conocer su
paradero y procedan a su liberación inmediata e incondicional, en
caso de efectivamente ser detenido por actores estatales.
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